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Recursos Preventivos en las obras CT 83/2010

 

¿QUÉ ES UN RECURSO PREVENTIVO? ¿QUIÉN PUEDE HACER DE RECURSO PREVENTIVO? ¿CUÁL ES LA FUNCIÓN DEL RECURSO PREVENTIVO? ¿QUIÉN DEBE APORTAR EL RECURSO PREVENTIVO? 

Es bastante común recibir este tipo de preguntas cuando se trabaja de coordinador de seguridad en obras de construcción. Inspección de Trabajo sacó el CRITERIO TÉCNICO 83/2010, con la finalidad de aclarar estos temas y homogeneizar la actuación de los Inspectores de Trabajo al respecto.

En esta noticia pretendemos hacer un resumen práctico, fácil y entendedor del Criterio Técnico que pueda ser útil para los agentes que rodean a MR ARQUITECTURA TÉCNICA.

SUPUESTOS EN LOS QUE ES OBLIGATORIA LA PRESENCIA DE RCURSO PREVENTIVO.

CUANDO LOS RIESGOS SE AGRAVEN POR CONCURRENCIA: Si por estar ejecutándose trabajos que pudieran ser incompatibles se produzcan riegos o los riesgos normales se agraven, esto lo debe decidir el Técnico que redacte el Plan de Seguridad, ya que se entiende que debe tener conocimientos suficientes en Evaluación de Riesgos por actividades para clasificar los riesgos.

Como ejemplo práctico: En una de nuestras obras, los coordinadores de seguridad observamos que en trabajo en estructura se iba a proceder al montaje mediante soldaduras de vigas compuestas y a su vez se iban a pintar las vigas con pinturas con disolventes. La concurrencia de estos trabajos agravaba el riesgo de accidente por quemaduras. La empresa contratista requirió que el recurso preventivo estuviera presente durante el montaje de las vigas.

CUANDO SE REALICEN TRABAJOS PELIGROSO O CON RIESGOS ESPECIALES.

Trabajos de riesgo por sepultamiento o hundimiento, por ejemplo:

  • Impermeabilización y ejecución de drenaje de muros en contacto con el terreno
  • Trabajos en zanjas profundas
  • Trabajos en muros pantalla o pilotaje, especialmente cuando un operario debe acercarse a la excavación para medir la profundidad.

Trabajo con maquinaria que carezcan de Declaración CE: Se entiende que no se puede utilizar la maquinaria que tiene obligación de tenerlo, pero podría darse el caso de utilizar prototipos de máquinas o medios auxiliares. No siempre los andamios caben dentro de los patios interiores y puede que necesitemos de un medio diseñado para nuestra obra.

Trabajos en espacios confinados: en obras se suele dar el caso en el interior de pozos de saneamiento, hay que tener en cuenta que muchas veces existe el peligro de aire viciado en el interior por falta de oxígeno.

Trabajos con riesgo de ahogamiento por inmersión: más comunes en obra pública bajo campanas de presión, etc.

Trabajos con riesgo especial de caída en altura: en este tipo de trabajo vale la pena que nos detengamos un poco más. Se entiende como tal según el Criterio Técnico.

  • Cuando la caída sea mayor a 6 metros. 
  • En montaje de andamios. 
  • Cuando se realice trabajos de acceso por cuerdas (trabajos colgados). Ojo con la sustitución de bajantes, sillas colgadas, etc.
  • Cuando debido al riesgo a demás de los equipos de protección colectiva se requiera de un equipo de protección individual
  • Cuando el riesgo dependa de una protección individual en vez de una colectiva por ejemplo: 
    • Si para colocar las redes horca utilizamos el arnés de seguridad. 
    • Si vamos a realizar un trabajo en cubierta puntual y es más peligroso colocar barandillas que realizar el trabajo con arnés o si no hay posibilidad de colocar barandillas y solo podemos trabajar con lineas de vida. 
    • Si por concurrencia entre empresas se agrava el riesgo o la probabilidad de accidente.
    • Para colocar vigas prefabricadas. 
    • Si para colocar los tableros de encofrado en vez de utilizar redes inferiores utilizamos un sistema tipo ALSIPERCHA o similar… 

En todos estos casos se entenderá que debe estar presente el Recurso Preventivo para que un tercero se asegure que nos atamos correctamente y no se nos olvida ponernos el arnés.

En todos los trabajos en los que deba intervenir, por cualquiera de los motivos anteriores, el Recurso Preventivo, deberán estar perfectamente explicados en el plan de seguridad y salud de la obra, así como en las evaluaciones de riesgos. Entendemos que los más difíciles de detectar en obras pequeñas y medianas son los casos en que los riesgos se agravan por concurrencia de trabajos incompatibles, esto es debido a que en este tamaño de obras no suele existir una planificación de la obra, ni un plan de obra, ni ninguna herramienta que detecte estas interacciones. Recordamos también que el primero que debe tener en cuenta esto es el redactor del proyecto que debe estimar los tiempos de ejecución.  En nuestro caso, a la hora de ejecutar un estudio de seguridad se le solicita al arquitecto un listado de los trabajos que pudieran ser incompatibles, haciéndonos un test de los que solemos encontrarnos durante la ejecución de la obra.

QUIEN DEBE ASIGNAR AL RECURSO PREVENTIVO.

El recurso preventivo debe ser asignado por el contratista, no por la subcontratas, a no ser que, al margen de la ley y por contrato privado, el contratista requiera que la subcontrata que aporte a su recurso preventivo. No obstante, el contratista siempre tendrá que tener al suyo aunque haya uno de la subcontrata.

QUIEN PUEDE SER RECURSO PREVENTIVO.

Podrá ser un trabajador de la empresa, un miembro del servicio de prevención propio o un miembro del servicio de prevención ajeno, siempre y cuando tenga la formación y esté capacitado.

QUE FUNCIONES TIENE EL RECURSO PREVENTIVO

El recurso preventivo tiene las funciones de vigilancia de la salud en los momentos en los que lo exija el plan de seguridad. Deberá el plan de determinar cómo debe realizar su trabajo y como debe informar al constructor de las No Conformidades.

El recurso preventivo no tiene capacitación legal de paralizar la obra, a no ser que el empresario le capacita para tal efecto. Sería de buena práctica que el empresario lo realice lo haga en el acta de asignación.

Deberá el empresario informar al resto de trabajadores de quién desempeña la función de recurso preventivo. ¿Sería de buena práctica poner un cartel informativo? ¿Sería de buena práctica realizarlo en una reunión con los trabajadores y levantar acta de la misma?

QUE REQUISITOS DEBE TENER EL RECURSO PREVENTIVO

Como mínimo el recurso preventivo debe tener por ley el nivel básico de Prevención de Riesgos Laborales de 50h o 60h en función de cuando realizó la formación a excepción de:

En el caso en que el recurso preventivo deba supervisar trabajos de riesgo especial (comentados antes), según Inspección de Trabajo deberá:

  • Tener el nivel Intermedio o Superior en Prevención de riesgos Laborales.
  • Tener el Nivel Básico más:
    • Formación adicional específica sobe el riesgo en cuestión que vigila, ó
    • Que el contratista en base a sus conocimientos, cualificación y experiencia,certifique que el operario tiene CAPACITACIÓN SUFICIENTE.

D 89/2010 Programa de gestión de resíduos de la construcción en Catalunya

En Catalunya hasta ahora existía el D201/1994 sobre la gestión de resíduos. A nivel estatal recientemente se publicó el RD105/2008 que regula los resíduos de construcción y demolición. Con esta publicación el Decreo del año 1994 quedó obsoleto, de forma que se publica el nuevo Decreto 89/2010 cuya función es puntualizar los expuesto en el RD108/2010 y actualizar la fianza de resíduos.

¿Cómo funciona la fianza?

Es un dinero que el promotor deposita en el ayuntamiento para conseguir la licencia de obras. El constructor debe gestionar correctamente los resíduos y entregar al final de la obra al promotor la documentación relativa a la gestión de éstos. El promotor, para que le devuelvan la fianza, debe entregar esta documentación al ayuntamiento.

¿Todas las obras tienen fianza?

NO!!! El RD105/2008 y en Catalunya lo confirma el D89/2010 (Disposición adicional sexta), los resíduos de Obras Menores no son considerados de construcción y demolición, sino URBANOS (entendemos que son los ayuntamientos los que deben gestionarlos).

¿Qué se entiende por Obra Menor?

A los efectos del D89/2010, es la construcción y/o demolición en domicilio particular, comercio, oficina o inmueble del sector servicios, de sencilla técnica y escasa entidad constructiva y económica, que no suponga alteración del volumen, del uso, de las instalaciones de uso común o del número de viviendas y locales, y que no precisa de proyecto firmado por profesionales titulados.

Hagamos punta al lápiz:

– ¿Cuál es el uso principal del edificio?

– ¿Qué son las obras de sencillez técnica, escasa entidad constructiva y económica? No queda muy bien definidos los límites, pero…

y no precisa de proyecto firmado por profesionales titulados. Es en esta frase en la debemos fijarnos más. Los proyectos de este tipo son de escasa entidad constructiva y económica. La recomendación es preguntar directamente al ayuntamiento al que nos dirijamos para saber si se requiere de proyecto o no. Ojo porque una Documentación Técnica no es un proyecto. Por ejemplo: en el Ayuntamiento de Barcelona, si no se toca tabiquería ni estructura ni el edificio está protegido por Patrimonio, no se solicita proyecto, sino Documentación Técnica.

– Destacamos que aun no necesitando proyecto, en la mayoría de casos,  para modificar las instalaciones de uso común, sí es el decreto de obligado cumplimiento.

¿En qué nos afecta este decreto a diferencia del RD 105/2008?

Básicamente en que obliga y pone precio a la fianza de 11€/tn con un mínimo de 150,00€. Será el promotor el obligado a depositarlo o de una asociación empresarial del sector de la construcción de la que el productor sea miembro, supongamos un gremio de promotores. (Productor = promotor según RD105/2008)

Lo que aclara este decreto es la documentación de gestión. Cada entrega de resíduo (supongamos un contenedor, o una saca) debe tener un documento independiente con identificación de:

– Nombre del productor:

– Obra:

– Nª de Licencia:

– Cantidad en tn o m3:

– Código del resíduos segñun Catálogo Europeo:

– Gestor del resíduo:

– Transportista

Tendrán copia el promotor y el gestor que deben guardar la documentación durante 5 años. Al final de la obra el gestor debe entregar al promotor los certificados acreditativos de la gestión, donde por ley debe constar la identificación de la obra.

¿Que pasa si reutilizamos algunos resíduos?

Evidentemente cave la posibilidad de que algunos resíduos los podamos reutilizar en obra, por ejemplo: hormigón triturado para bases de soleras, tierras de excavación para el terraplenado, etc. Pero debe documentarse en el estudio gestión de resíduos, en el plan de gestión de resíduos, y además un técnico municipal o una empresa acreditada externa (que no se sabe muy bien quién la debe acreditar, pudiendo ser un nicho de mercado), pero que entendemos que debe hacer el papel de una EAC, debe acreditar que dichos trabajos de reutilización se han ejecutado. El coste de la acreditación, es a cargo del prmotor.

¿Puede firmar el documento de gestión cualquier transportista?

NO, debe estar registrado en una lista oficial de la Agencia de Resíduos de Catalunya y debe llevar en el camión la acreditación.

Durante muchos años ha sido común ver resíduos de la construcción en las cunetas de las carreteras, en los barrancos, en los solares dentro de las poblaciones, cuando íbamos a pasar el día al campo, hasta llegar al punto en que ha supuesto un impacto ambiental considerable. Esto ha sido debido a que no se consideraban en presupuesto el coste de vertederos autorizados y los constructores y promotores no se han preocupado del destino de sus resíduos, dejando los transportista los resíduos allá donde podían para ahorrarse los costes del vertedero.

Este nuevo marco legal en Catalunya va a intentar:

– El 100% de recogida y gestión de resíduos de la construcción

– El 10% de reducción de la generación de resíduos (aunque es una cifra muy baja, es lo más complicado, puesto que solo se puede conseguir con una concienciación social que en el sector es bastante improbable).

– 50% de reciclaje de resíduos de construcción y demolición (posible porque hay un negocio de trasforndo considerable).

– 70% Valorización de envases de materiales (hasta ahora los envases en construcción se han mezclado con el resto de resíduos y creo que se va a seguir haciendo, pero es una opinión personal, la construcción no es el sector con una sensibilización más grande sobre el tema).

– 100% Recogida selectiva y correcta gestión del resíduo peligroso (un valor muy alto el 100%, considerando que no es prioritario a nivel empresarial, auqneu si los gestores empiezan a realizar bien su trabajo, tampoco deben permitir la entrada de material mezclado y sin clasificar).

En MR ARQUITECTURA TÉCNICA, hemos trabajado desde el inicio del RD105/2008 en la ejecución de estudios de gestión de resíduos para despachos de arquitectos y en planes de gestión de resíduos para constructores. En obra hemos podido comenzar a ver cómo se gestina el resíduo y qué caréncias tienen los trabajadores en cuanto a la formación sobre el tema. Creemos que es un tema de sensibilización y formación de todos los intervinientes.