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Ayudas para obras en edificios plurifamiliares

Hemos comentado las ayudas de la Generalitat para las obras en el interior de nuestra vivienda. En esta publicación queremos comentar las ayudas a elementos comunitarios y entendemos como elementos comunitarios aquellos elementos en que el coste de la obra lo asume toda la comunidad de propietarios.

En primer lugar queremos hacer un inciso sobre ¿Qué es un elemento comunitario? De forma fácil lo podeos definir como aquel elementos que nos afecta a todos. Son elementos comunitarios:

ABSOLUTAMENTE TODA LA ESTRUCTURA DEL EDIFICIO, cimientos, pilares vigas, paredes de carga y techos que sean de nuestro edificio.

TODOS LOS CERRAMIENTOS EXTERIORES E INTERIORES, la solera del edificio (aunque esté en un local comercial), las fachadas, medianeras, paredes de patios, paredes que separan unas viviendas de otras o de las zonas comunes, las paredes que separan nos locales de otros o los locales de las zonas comunes o viviendas.

CUBIERTAS, las cubiertas planas o inclinadas, incluidas terrazas de los bajos, áticos, balcones, patios interiores, etc. No hay que confundir entre elemento comunitario y uso y disfrute. Una terraza de un ático, por ejemplo, es comunitarioa y si produce goteras se debe arreglar entre todos lo vecinos, aunque el uso y disfrute sea del ático en cuestión (hay que tener en cuenta que los áticos son más caros porque el uso y disfrute de terrazas se paga bastante caro en una compra-venta o en un alquiler).

INSTALACIONES COMUNITARIAS:

a) Los bajantes generales del edificio y los colectores, aunque pasen enterrados por los locales o colgados en el parquing.

b) Instalaciones de agua, electricidad, telecomunicaciones o gas desde la entra de la acometida de la calle hasta la llave de nuestra vivienda.

c) Los ascensores, auqnue usted viva en el bajo o tenga un local comercial en el edificio.

PROGRAMAS DE AYUDAS

PROGRAMA DE REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS CON PATOLOGÍAS, DEFICIENCIAS Y RIESGO:

  1. Patologías estructurales: estabilidad, solidez y seguridad. En este partado entrarían todas aquellas obras de refuerzo estructural sea cual sea la causa (problemas de cimentación, problemas en paredes de carga, pilares, techos, aluminosis, termitas, carcoma, etc.  Estaría subvencionado el 50% del presupuesto protegible con un máximo de 7000,00€ por vivienda o local. Si tubiéramos 2 viviendas nos darían el valos menor entre la mitad deel presupuesto protegible o 14000,00€.
  2. Deficiencias constructivas que afecten a la habitabilidad.  Si nuestro edificio tiene algún tipo de deficiencia que afecta a las condiciones mínimas de habitabilidad marcadas por el D55/2009. Por ejemplo, si tenemos problemas de humedades de filtraciones de cubiertas o fachadas, podríamos obtener una subvención del 25% del presupuesto protegible con un máximo de 2000,00€ por vivienda o local.
  3. Reparación de elementos puntuales que representen un riesgo. El caso más común son los desprendimientos en cantos de balcones, revocos de fachada en mal estado, desprendimientos de cornisas, aplacados de piedra o cerámica despegados, etc., en este caso tendríamos una subvención del 50% sobre el presupuesto protegible hasta un máximo de 1000,00€ por vivienda o local.

PROGRAMAS DE ACCESIBILIDAD

  1. Instalación de ascensor con itinerario practicable. Se entiende como tal cuando el camino cumple con las normas de accdesibilidad para descapacitados desde la entrada del edificio hasta cualquiera de las viviendas, incluyendo el ascensor (según Código de Accesibilidad de Catalunya). En este caso la subvención es del 60% de las obras hasta un máximo de 6000,oo€ por vivienda o local.
  2. Instalación de ascensor. En el caso de que aunque colocáramos ascensor, no pudiéramos cumplir con el Código de accesibilidad de Catalunya, la subvención sería del 45% del presupuesto protegible con un máximo de 5500,00€ por vivienda o local.
  3. Supresión de barreras arquitectónicas. Se entiendo como tales aquellos elementos que dificultan el acceso con sillas de ruedas. El ejemplo más claro es hacer una rampa en el vestíbulo de entrada para salvar unos escalones. En ese caso tendíamos una subvención del 45% del presupuesto protegible hasta un máximo de 2500,00€ por vivienda o local.

PROGRAMA DE INSTALACIONES COMUNITARIAS

  1. Adecuación de instalaciones existentes a la normativa actual. Cambio de bajantes, colectores, modernización de instalaciones de electricidad, fontanería, gas, unificación de antenas de TV, etc. La subvención es del 40% del presupuesto protegible hasta un máximo de 2600,00€ por vivienda o local.

PROGRAMA DE SOSTENIBILIDAD, EFICIENCIA Y REHABILITACIÓN ENERGÉTICA

Mejora de aislamientos térmicos y acústicos:

  1. Intervención en la parte maciza de elementos exteriores más las aperturas formadas por el conjunto de las perfilerías y los vidrios. Siempre cumpliendo lo dispuesto por el CTE-DB-HE y con esto queremos decir que no vale con cambiarse las ventanas y ponerlas nuevas, sino que las nuevas deberán cumplir con los cálculos que debe hacerle un experto en la materia, así como el asilamiento térmico de la fachada, deberá colocarse de la manera indicada, del tipo y espesor que marque la normativa. En este caso obtendríamos una subvención del 60% del presupuesto protegible hasta un máximo de 7700,00€ por vivienda.
  2. Intervención sólo en la parte maciza. Es como el caso anterior, pero sin cambiar ventanas ni balconeras. Obstendríamos una subvención del 40% del presupuesto protegible hasta un máximo de4000,00€ por vivienda.
  3. Intervención de ventanas y balconeras. Si sólo actuamos en el conjunto de carpinterías exteriores y vidrios, la subvención es del 40% del presupuesto protegible hasta un máximo de 3000,00€ por vivienda.

 

Instalación de energías alternativas para la obtención de agua caliente sanitaria y energía eléctrica y cualquier mejora en la red de agua que fomente el ahorro y reciclage de aguas grises o pluviales.

  1. Si colocamos placas solares para calentar agua, placas fotovoltaicas, instalación para el tratamiento y reutilización de aguas grises sanitarias, la subvención es del 40% del preuspuesto protegible hasta un máximo de 4000,00€ por vivienda.

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